El presidente de Paraguay, Horacio Cartes. EFE/Archivo
El Tribunal de Justicia Electoral confirmó ayer el rechazo hacia la impugnación de las postulaciones al cargo de senador activo tanto de Cartes, de Nicanor Duarte Frutos, de Juan Afara y de Fernando Lugo.
El Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) emitió ayer en horas de la tarde una resolución mediante la cual ratifica el rechazo al pedido de nulidad de las candidaturas para el Senado del actual presidente de la República, Horacio Cartes, de los ex mandatarios Nicanor Duarte Frutos y Fernando Lugo, y del vicepresidente Juan Afara, emitido por el Tribunal Electoral de la Capital, Primera Sala, el pasado 16 de febrero, con lo cual avala una violación a la Constitución Nacional.

El Acuerdo y Sentencia Nº 5, emitido por el máximo organismo electoral, determinó una votación dividida entre los tres integrantes del organismo.

Tanto Bestard como Ramírez Zambonini votaron a favor del rechazo a la impugnación presentada días atrás por movimientos y partidos de la oposición, mientras que Wapenka se mostró en disidencia.

En su descargo, Bestard alegó que las agrupaciones políticas impugnantes no lograron rebatir algunos fundamentos de la Carta Magna, como por ejemplo el derecho a la participación de cualquier ciudadano en los asuntos públicos.

El argumento de la resolución se basa en que los impugnados «reúnen todos los requisitos legales para ser candidatos a senadores nacionales al hallarse comprendidos dentro de las disposiciones legales de conformidad al artículo 120 de la Constitución Nacional».

En el caso de Nicanor, el documento expresa que, si bien cuenta con el título de senador vitalicio, es más bien un honor por haber sido presidente y que no existe «ninguna norma constitucional ni electoral que lo inhabilite» para ser electo en otro cargo.

Sobre Horacio Cartes refiere que ni siquiera ha alcanzado el cargo honorífico, por lo que posee un «derecho en expectativa», mientras que Juan Afara no llegará a tener ningún puesto honorífico y tampoco se encuentra «expresamente inhabilitado» por la Carta Magna para postularse, según los argumentos.

En tanto, Ramírez Zambonini se adhirió en los mismos términos al voto de Bestard.

Por su parte, María Elena Wapenka sostuvo que Cartes debe acatar el artículo 189 de la CN que indica que un presidente debe dedicarse de lleno a sus funciones.

Los apoderados del Partido Colorado habían solicitado que las impugnaciones contra los candidatos de la ANR sean rechazadas in totum, por su «notoria improcedencia».

El caso pasará ahora a manos de la Corte Suprema.

Fuente Ultima Hora.