Se trata de Mirna Elisa Ávalos Martínez, Juan Abreu Álvarez, Robert Modesto Miranda López, María Vicenta Cáceres que serán reinsertados nuevamente a la sociedad.

El artículo 238 inciso 10 de la Constitución Nacional faculta al presidente de la República, Mario Abdo Benítez, a conceder el indulto de conformidad con la ley y con informe previo elaborado por la Corte Suprema de Justicia que informa sobre la situación jurídica de las personas privadas de su libertad que pueden ser beneficiadas con la gracia del indulto presidencial del Poder Ejecutivo.