Este lunes 4 de febrero a las 11:00 horas, el Gabinete Civil de la Presidencia de la República, representada por Julio Vicente Ullón Brizuela, en su carácter de secretario general y jefe de gabinete civil se celebrará un convenio en el marco de la Cooperación Interinstitucional entre el Gabinete Civil de la Presidencia y la Junta Municipal de Asunción, en presencia del presidente el presidente Mario Abdo Benítez.

 

 

El Presidente de la República, ha instruido al Jefe de Gabinete de profundizar los mecanismos de cooperación interinstitucional entre el gobierno central y los gobiernos municipales, es por eso que en el marco de las atribuciones de la Jefatura de Gabinete se crea la “Unidad de Apoyo a las Municipalidades “.

El Gobierno Nacional considera que para el desarrollo de las políticas públicas es necesaria la acción coordinada de los distintos organismos y entidades del estado en busca de resultados en materia de servicios públicos para la sociedad que determine la mejora sustancial de la calidad de vida de los habitantes de la República del Paraguay.

El objeto del presente Convenio Marco consiste en establecer entre el Gabinete Civil de la Presidencia de la República y la Junta Municipal de Asunción una cooperación interinstitucional para el diseño, planificación y ejecución conjunta de actividades y proyectos que contribuyan al bienestar de la población paraguaya en general y de la asunceña en particular.

La Junta Municipal de Asunción al ser el órgano normativo de la Capital de la República, asiento de los poderes del Estado, ejerce un liderazgo natural en materia normativa y cuenta con concejales, funcionarios y asesores con la capacidad técnica para contribuir en materia de cooperación intermunicipal.

Las partes entienden que es fundamental la cooperación interinstitucional para el diseño, la planificación y la ejecución conjunta de actividades y proyectos que contribuyan al bienestar de la población paraguaya en general y la asunceña en particular.

Las actividades que serán ejecutadas de manera conjunta por el Gabinete Civil de la Presidencia de la República y la Junta Municipal de Asunción  son: Organizar el “Congreso Municipal de Tránsito y Seguridad Vial”, con el objeto de generar un espacio de debate para el análisis, la planificación y el desarrollo de las acciones de prevención para una eficiente política municipal de tránsito y seguridad vial en donde los diferentes actores involucrados en la temática tengan la oportunidad de exponer ideas y debatir propuestas; siguiendo los lineamientos ya establecidos por la Comisión de Transporte Público y Tránsito de la JMA en Congresos anteriores. }

Identificar juntamente con la OPACI, la AJUMPA y la RMMP las principales necesidades normativas en materia de Ordenanzas municipales para todas las Municipalidades del Paraguay, de modo a establecer una lista de prioridades.

Constituir equipos de trabajo interinstitucionales para la elaboración de modelos de Ordenanzas, sobre la base de las buenas prácticas de la Municipalidad de Asunción para contribuir con las Municipalidades del interior de la República del Paraguay. Además, podrán identificarse otras áreas de actividades y proyectos conjuntos que serán establecidos en un Convenio específico.

Para la ejecución del Convenio el Gabinete Civil de la Presidencia de la República designa como representante a un Coordinador de la Unidad de Apoyo a Municipalidades y la Presidencia de la Junta Municipal de Asunción designa como representante al Director General de Gabinete.

El convenio tiene una duración de 3 (tres) años, desde la fecha de su aprobación por el plenario de la Junta Municipal de Asunción de conformidad a la Ley 3.966/10 “Orgánica Municipal”, pudiendo ser renovado de común acuerdo entre las partes.

La Constitución Nacional, en su Artículo 177 establece que “Los planes nacionales de desarrollo serán indicativos para el sector privado, y de cumplimiento obligatorio para el sector público”. El Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2030 aprobado por Decreto 2794/14, para ser aplicado como guía en las distintas tareas que competen a la Administración Pública; y, en su Estrategia 1.3 – Desarrollo Local Participativo se establece. “Propiciar el desarrollo local en los territorios a través de la articulación entre niveles de gobiernos y comunidades para la coordinación, programación y entrega de servicios públicos”.

El Gabinete Civil de la Presidencia de la República de conformidad al Decreto Ley 3.872/44, la Ley 9/48 y el Decreto 8.800/12 “Por el cual se reorganiza el Gabinete Civil de la Presidencia de la República” es un organismo técnico y especializado del Poder Ejecutivo con facultad y competencia para asistir, asesorar y coordinar las gestiones del Presidente de la República.